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Coche con matrícula extranjera en Canarias: seis meses sin trámites

Para pasar una temporada en Canarias con tu coche no necesitas ningún trámite aduanero si tu estancia es corta. La Agencia Tributaria fija un límite de seis meses consecutivos y unas condiciones de uso. Esto es lo que publica, y lo que no dice.

9 de octubre de 2026 4 min de lectura
Imagen ilustrativa de un coche en viaje por carretera

Qué publica la Agencia Tributaria para viajar a Canarias con un vehículo

La página de la AEAT «Viajar a las Islas Canarias con un vehículo privado», actualizada el 7 de agosto de 2026, se refiere a los vehículos que llegan desde la España peninsular, Baleares u otros Estados miembros de la UE. Dice tres cosas: no es necesaria ninguna formalidad aduanera en estancias cortas; el plazo máximo de estancia del vehículo en España no puede exceder de seis meses consecutivos; y, al terminar, debe reexportarse.

Uso permitido durante esos seis meses

La AEAT exige un uso privado: el vehículo no puede prestarse, alquilarse ni cederse durante la estancia. Si quieres que un familiar lo conduzca, confirma antes con la aduana cómo se entiende ese límite.

Si te quedas más de seis meses

Cuando se supera ese plazo hay dos caminos: presentar una declaración de importación definitiva o solicitar la autorización del régimen de importación temporal. La página no desarrolla más ese segundo camino y remite a la sección de introducción definitiva. Si el coche se queda, hay que liquidar el IGIC y matricularlo, como explicamos en las guías sobre importación a Canarias.

Lo que la página no aclara

  • Si el plazo se cuenta en España en su conjunto. El texto habla de la estancia en España, no en Canarias; la página no explica cómo computa el tiempo previo pasado en la Península.
  • Si hay diferencias entre residentes y no residentes. No las menciona.
  • Qué ocurre con una matrícula española procedente de otra provincia. El texto no distingue por matrícula.
  • Qué documentos hay que llevar para acreditar el tipo de estancia. No los enumera.

Ante cualquiera de estas dudas, es preferible consultar a la aduana por escrito antes de embarcar el coche.

Paso 1 — Guarda la prueba de la fecha de entrada

La AEAT considera el billete del vehículo como el documento que acredita la entrada y, si no lo conservas, permite pedir a la consignataria un certificado con la fecha. Aunque esa referencia procede del trámite de introducción definitiva, es una buena práctica conservarlo también para una estancia temporal, porque marca el inicio de tus seis meses.

Paso 2 — Apunta el día seis y decide antes

Pon en el calendario el límite de seis meses con margen. Si vas a superarlo, decide con tiempo entre sacar el coche, importarlo definitivamente o pedir la autorización de importación temporal.

Paso 3 — Si te estableces en las islas, no sigas con matrícula extranjera

El folleto de la AEAT sobre importación de vehículos de países no comunitarios recuerda que los residentes en España no pueden conducir vehículos con matrícula extranjera y que existen matrículas temporales de la DGT mientras se completa el procedimiento. Aunque ese folleto está pensado para coches de fuera de la UE, apunta en la misma dirección: quien fija su residencia en España no debería seguir circulando con un coche extranjero sin regularizar; confirma tu caso con la DGT. Si te mudas con coche español, consulta nuestra guía sobre la exención del IGIC por traslado de residencia.

Cómo preguntar a la aduana y qué llevar contigo

La AEAT tiene un servicio de información de Aduanas e Impuestos Especiales (el teléfono figura en sus folletos y en su web) y una sede electrónica donde se puede formular una consulta. Redacta la pregunta con datos concretos: país y matrícula del coche, fecha de salida de origen, fecha de entrada en España, isla de destino y fecha prevista de regreso. Cuanto más precisa sea la consulta, más útil será la respuesta que puedas guardar.

En el ferry, las condiciones de Trasmed, por ejemplo, piden la documentación del vehículo y el seguro en vigor el día de la salida. Lleva además el permiso de circulación, la ficha técnica y el billete, y conserva todo en papel o en el móvil durante la estancia, por si te lo piden en una inspección.

Preguntas frecuentes

¿Puedo alquilar mi coche mientras estoy en Canarias?

No. La AEAT indica expresamente que el vehículo no puede prestarse, alquilarse ni cederse durante la estancia.

¿Los seis meses se cuentan por isla?

El texto habla de la estancia del vehículo en España, no de cada isla. No indica un reinicio del plazo por cambiar de isla, así que no cuentes con él.

¿Y en Baleares?

La página que hemos leído es la de Canarias. Baleares está en el mismo territorio de IVA y aduanero que la Península, y allí aplican las reglas generales de España para coches con matrícula extranjera, que tratamos en otra guía sobre el uso de un coche con matrícula extranjera por un no residente.

Conclusión

Para una estancia de menos de seis meses, un coche puede entrar a Canarias sin formalidades aduaneras si se usa de forma privada. Pasado ese plazo hay que optar por la importación definitiva o por una autorización temporal, y los puntos que la AEAT no aclara se resuelven consultando antes de embarcar.

¿Vas a quedarte en Canarias y quieres regularizar tu coche? Calculamos IGIC, IEDMT y matrícula con el expediente completo.

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