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AIEM y coches en Canarias: ¿se paga al importar un turismo?

Muchas guías incluyen el AIEM entre los impuestos de importar un coche a Canarias. Hemos leído el texto refundido del IGIC y del AIEM, con su anexo de bienes gravados, para comprobar si un turismo aparece en él. Este es el resultado y el método para verificarlo.

7 de octubre de 2026 4 min de lectura
Imagen ilustrativa de un coche deportivo con matrícula

Qué es el AIEM y dónde está regulado

El Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM) grava la entrega o la importación de determinados bienes. Hasta octubre de 2025 se regulaba en la Ley 4/2014 de la Comunidad Autónoma. Esa ley quedó derogada por el Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, cuyo Título II recoge ahora el AIEM. Su disposición adicional cuarta cita la Decisión (UE) 2020/1792 del Consejo, el marco europeo del AIEM, de cuyo anexo I proceden las partidas que pueden incluirse.

La mecánica es sencilla: según el artículo 92, solo están sujetos los bienes muebles incluidos en el Anexo 2.º del texto refundido. Según el artículo 94, el tipo es el porcentaje que figura para cada bien en ese anexo, el mismo para la entrega y para la importación, y se aplica el vigente en el momento del devengo.

La respuesta corta: un turismo no figura en el Anexo 2.º

El anexo está ordenado por la nomenclatura arancelaria, y los turismos son la partida 8703. En la versión consolidada del texto refundido que publica el BOE, no hemos encontrado en el Anexo 2.º ninguna partida del capítulo 87; el único bien del capítulo 84 que aparece corresponde a conductos y tubos de plástico para sistemas de riego (partida 8424). Por tanto, un coche, por sí mismo, no es un bien sujeto al AIEM.

Hay una pista adicional: la página de la AEAT sobre la introducción definitiva de un vehículo en Canarias habla de liquidar el IGIC y no menciona el AIEM ni en la valoración ni en los documentos. Es coherente con lo anterior.

Qué contiene el anexo y con qué tipos

El Anexo 2.º agrupa unas ciento sesenta líneas de partidas por sectores: agricultura y ganadería, minería, materiales de construcción, química, industrias metálicas, alimentación y bebidas, tabaco, textil y calzado, madera, papel y artes gráficas. Los tipos que aparecen son del 5, 10 y 15 %. Un ejemplo ilustra la lógica: los neumáticos recauchutados del tipo usado en autobuses y camiones (4012.12.00) figuran al 5 %. Otro anexo, el 3.º, lista bienes cuya entrega está exenta del AIEM, y el artículo 93 contiene exenciones en operaciones interiores, como ciertos combustibles.

Paso 1 — Busca la partida arancelaria del bien

El AIEM no se mira por «coche» ni por «moto»: se mira por partida. Un turismo es 8703, los camiones y furgones van en 8704 y las motocicletas en 8711. Puedes comprobar el código en el arancel integrado de la UE (TARIC). Si importas, además del vehículo, piezas, neumáticos o accesorios como mercancía, cada uno tiene su propia partida y debe comprobarse por separado; no cuelgan automáticamente de la partida del coche.

Paso 2 — Consulta el anexo vigente en la fecha del trámite

El anexo puede cambiar. La disposición adicional tercera permite que las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma modifiquen los bienes sujetos y los tipos, y la cuarta prevé que el Gobierno de Canarias analice solicitudes de inclusión, exclusión o modificación de productos en el Anexo 3.º (el de bienes exentos), previa comunicación a la Comisión Europea, con la limitación de que las inclusiones se hagan dentro de las partidas de cuatro dígitos del anexo I de la Decisión. Usa siempre la versión consolidada vigente.

Paso 3 — Aplica lo que sí se paga

  • IGIC, por la importación o la introducción en Canarias (tipos en el artículo 39 del mismo Decreto Legislativo).
  • IEDMT, si el coche se matricula por primera vez en España, con los tipos canarios del artículo 70 de la Ley 38/1992.
  • Derechos de aduana, solo si el coche procede de un país no comunitario.

Preguntas frecuentes

¿Por qué hay guías que cuentan el AIEM como coste de importar un coche?

Porque el AIEM es un tributo propio de las importaciones a Canarias y es fácil asumir que alcanza a los vehículos. En el texto refundido que hemos revisado no hay partidas de turismos. Si un presupuesto te cobra AIEM por un coche, pide por escrito la partida y el artículo en que se apoya.

¿El AIEM puede aplicarse a un camión o a una moto?

La misma comprobación sirve: busca la partida del vehículo en el anexo. En la versión que hemos revisado no figura ninguna partida del capítulo 87, que es el de los vehículos, pero conviene repetirla en la fecha en que importes.

¿Importa que el vendedor sea un particular?

No para el AIEM: grava el bien por su partida, no por quién lo vende. Tampoco importa para la sujeción al IGIC a la entrada.

Conclusión

Un turismo no está en el anexo del AIEM, así que importar un coche a Canarias no genera ese arbitrio. Lo que sí se liquida es el IGIC, y después el IEDMT. Como el anexo puede cambiar, el método es lo valioso: identifica la partida, mira el anexo vigente y no te fíes de listados genéricos.

Antes de comprar tu coche para Canarias, te damos el desglose de los tributos que sí se pagan, con los tipos vigentes.

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