Seguro para un kei car importado: obligación, multa y Consorcio
Un kei importado necesita el mismo seguro obligatorio que cualquier coche. Lo difícil no es la ley, sino que alguna aseguradora lo acepte. Esto dicen el Real Decreto Legislativo 8/2004 y su reglamento sobre multas, coberturas y el papel del Consorcio.
La obligación es la misma que para cualquier coche
El artículo 2 del texto refundido de la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) obliga a todo propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo. El artículo 1 bis define como vehículo a motor el que circula por el suelo accionado por fuerza mecánica con una velocidad máxima de fabricación superior a 25 km/h, así que un kei entra sin discusión.
Qué cubre el seguro obligatorio y qué no
Cubre la responsabilidad civil hacia terceros, con límites de 70 millones de euros por siniestro en daños a las personas y 15 millones en daños a los bienes (artículo 4). El artículo 5 excluye de la cobertura obligatoria las lesiones o el fallecimiento del propio conductor y los daños al propio vehículo asegurado. Por eso un kei de 8.000 o 15.000 euros solo queda protegido frente a un daño propio si contratas coberturas voluntarias, que el artículo 2.5 permite incluir en la misma póliza.
Cuánto cuesta no tenerlo
El artículo 3 enumera las consecuencias: prohibición de circular, depósito o precinto del vehículo con cargo al propietario (de un mes, tres en caso de reincidencia) y multa de 601 a 3.005 euros, graduada según la categoría del vehículo, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración. Para levantar el depósito hay que demostrar que se dispone del seguro.
Qué ocurre si ninguna aseguradora lo acepta
Un kei importado puede toparse con aseguradoras que no conocen el modelo. El artículo 5 del Reglamento del seguro obligatorio (Real Decreto 1507/2008) obliga a la entidad que rechace el riesgo a comunicarlo al interesado, y establece que el Consorcio de Compensación de Seguros aceptará la contratación cuando dos entidades aseguradoras hayan rechazado dos solicitudes de seguro obligatorio. Es la red de seguridad para no quedarte sin cobertura, pero no un atajo: guarda las respuestas por escrito. No podemos decirte el precio que aplicaría: depende de la tarifa vigente.
Paso 1 — Reúne los datos que te pedirán
- Matrícula española, ficha o tarjeta ITV y número de bastidor.
- Categoría y clasificación del vehículo (turismo, furgoneta, camión ligero, pick-up) tal como figuran en el Registro de Vehículos.
- Año de primera matriculación, potencia y cilindrada.
- Uso previsto: particular, profesional o actividad agraria.
Paso 2 — Declara el uso y las modificaciones
Declara el uso real. Una póliza de particular para un vehículo que trabaja a diario puede dar problemas en un siniestro. Si el kei tiene modificaciones, recuerda que la ley prohíbe circular con una reforma de importancia no autorizada (artículo 12.7 de la Ley de Tráfico) y que el seguro debe reflejar la realidad técnica de la tarjeta ITV.
Paso 3 — Compara coberturas, no solo precios
Pide al menos dos presupuestos y compara la cobertura de daños propios, el valor que reconoce la póliza, la asistencia en carretera y las exclusiones. Para un modelo que normalmente no tiene valor de catálogo en España, pregunta cómo calcula cada aseguradora el valor del vehículo y pide que lo ponga por escrito.
Preguntas frecuentes
¿Necesito seguro para llevar el kei desde el puerto a la ITV?
Si lo conduces con matrícula japonesa, el artículo 6 del Reglamento del seguro obligatorio exige a los vehículos con estacionamiento habitual en Estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo un certificado internacional de seguro o un seguro en frontera para circular en España. Lo más sencillo suele ser transportarlo en camión o remolque; si quieres circular, consulta la Jefatura de Tráfico y a la aseguradora.
¿Hace falta seguro si solo uso el kei truck en mi finca?
La ley define hecho de la circulación como toda utilización de un vehículo a motor conforme con su función de medio de transporte, con independencia del terreno (artículo 1 bis, apartado 3). Por eso no conviene tratar el seguro como opcional en una finca; confírmalo con tu aseguradora.
¿Importa si el kei tiene más de 30 años?
El seguro obligatorio es el mismo. Si consigues la catalogación como histórico (Real Decreto 892/2024), algunas aseguradoras tienen productos específicos, pero no podemos afirmar condiciones concretas: pídelas por escrito.
Conclusión
El seguro de un kei importado es obligatorio desde el momento en que circula, cubre solo daños a terceros y su ausencia se paga con prohibición de circular, depósito y multa. Si las aseguradoras lo rechazan, el Consorcio es el último recurso. Prepara la ficha técnica española, declara el uso real y exige por escrito lo que cubre cada póliza.
¿Aún no tienes asegurado tu kei? Te orientamos sobre qué datos pedir y qué comparar antes de contratar.
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