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Kei importado: airbags, cinturones y luces que exige la ITV

La homologación de un kei no se queda en el motor: la Resolución de 2019 revisa airbags, cinturones, reposacabezas, luces, cristales y neumáticos. Aquí está lo que exige y lo que depende del servicio técnico, con el texto oficial delante.

7 de octubre de 2026 6 min de lectura
Imagen ilustrativa de un coche clásico visto de frente con sus faros, en una guía sobre luces y seguridad de un kei importado

Qué norma lo regula

Para un kei de categoría M1 o N1 ya matriculado en Japón, los requisitos técnicos y sus salvedades están en el anexo I (apéndice 2) de la Resolución de 25 de octubre de 2019 de la Dirección General de Industria, publicada en el BOE de 7 de noviembre de 2019. La web del Ministerio de Industria la sigue listando como vigente, pero la Orden PJC/528/2026 (BOE de 29 de mayo de 2026) actualizó el apéndice 5 del Real Decreto 750/2010, al que la Resolución remite. Pregunta al servicio técnico qué versión aplica a tu expediente. Lo que sigue describe el texto de la Resolución.

Airbags y salpicadero

En el apartado de acondicionamiento interior, la Resolución considera que el vehículo cumple los requisitos de absorción de energía si lleva al menos dos airbags delanteros, uno en el volante y otro en el salpicadero. Si solo tiene un airbag delantero en el volante, el salpicadero debe estar hecho de materiales que absorban energía. También se verifica el funcionamiento de los controles eléctricos y la ausencia de aristas cortantes. Si el kei que te interesa es antiguo y no lleva airbags, pregunta al servicio técnico cómo se evaluaría antes de comprar.

Impacto frontal y lateral: declaración del fabricante por bastidor

Para la colisión frontal, la Resolución pide una declaración del fabricante en la que certifique, para ese número de bastidor, que el vehículo cumple como mínimo la norma estadounidense FMVSS 208 o el artículo 18 de las Japan Safety Regulations for Road Vehicles (JSRRV). Para el impacto lateral, la FMVSS 214 o la referencia a las JSRRV. Para el mecanismo de dirección en colisión, se verifica que cumple la FMVSS 203 o el artículo 11 de las JSRRV y que la columna es articulada o colapsable. La mención de las normas japonesas es relevante para un kei, pero sigue haciendo falta el documento del fabricante: averigua con tu exportador si puede obtenerlo.

Cinturones, anclajes y reposacabezas

El apartado de anclajes exige que todas las plazas dispongan de cinturón de seguridad, con el tipo y los puntos de anclaje del acto reglamentario y fijados de forma sólida a la carrocería. Añade: «se eliminarán las plazas que no dispongan de cinturones». Lo mismo ocurre con los reposacabezas obligatorios: se eliminan las plazas que no los tengan, y las posiciones que no constituyan plaza deben identificarse con un pictograma o letrero. Para un kei de cuatro plazas con asientos traseros sin cinturón, el efecto práctico es perder esas plazas en la ficha técnica. Los cinturones no necesitan estar homologados, pero cada uno debe llevar una etiqueta de identificación coherente con los anclajes.

Luces: el haz de cruce y el marcado

El apartado de instalación de dispositivos de alumbrado exige que los haces de las luces de cruce estén adaptados a la dirección del tráfico legalmente vigente en España. Un kei japonés está pensado para circular por la izquierda, así que su haz de cruce es asimétrico para ese sentido: el mismo problema que un coche británico. La Resolución también dispone que no es necesario dispositivo de nivelación de faros en función de la carga, que los faros con fuente de luz de gas solo se permiten con limpiafaros y que, para las luces de origen, se admiten marcajes FMVSS 108, DOT o SAE. Cómo se resuelve la adaptación (faros nuevos, láminas u otra solución) debe acordarse con el servicio técnico.

Cristales, neumáticos y otros puntos

  • Cristales: deben ser de seguridad, templados o laminados; no se permite recubrimiento tintado en el parabrisas ni en los cristales por delante del montante B que reduzca la transmisión de luz por debajo del mínimo exigido; se admite el marcaje DOT.
  • Neumáticos: las dimensiones, el índice de carga y la categoría de velocidad deben cubrir las masas y velocidades máximas declaradas por el fabricante; la presencia de un limitador de velocidad no exime de este requisito.
  • Frenado y antibloqueo: el apartado 58 dice que los vehículos «estarán equipados de un sistema electrónico antibloqueo de frenos que actúe sobre todas las ruedas». Cómo se aplica a un kei antiguo sin ABS no consta publicado; confírmalo con el servicio técnico antes de pujar.
  • Identificación: número de identificación del vehículo de 8 a 17 caracteres, visible e indeleble, y placa del fabricante con marca, bastidor y masas.
  • Guardabarros y salientes: deben proteger frente a proyecciones y no presentar salientes peligrosos.

Preguntas frecuentes

¿Puede la ITV rechazar mi kei por no tener airbags?

No podemos afirmarlo en general: el texto de la Resolución vincula la conformidad al número de airbags o a un salpicadero absorbente, y el servicio técnico decide en cada expediente. Pregunta antes de comprar y pide la respuesta por escrito.

¿Y si mi kei tiene más de 30 años?

La catalogación como histórico (Real Decreto 892/2024) tiene su propio procedimiento y no exime del impuesto de matriculación. Consulta si te interesa para esa unidad concreta y qué requisitos técnicos se evalúan por esa vía.

¿Qué documentos de Japón conviene pedir al exportador?

Los que pida el servicio técnico. Entre ellos, la documentación de exportación y de baja que exige el artículo 5.4.b del Real Decreto 750/2010 y la declaración del fabricante por bastidor que menciona la Resolución para impacto frontal y lateral. Pide la lista al servicio técnico y trasládala al exportador antes de cerrar la compra.

Conclusión

Airbags, cinturones y luces son los tres puntos donde un kei importado suele necesitar más atención: lo que se acepta depende de la versión de la norma que aplique y del criterio del servicio técnico. Pregunta antes de comprar y no des por hecho que una unidad que circulaba legalmente en Japón se matriculará en España tal como está.

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