Intereses del préstamo del coche: ¿los deduce un autónomo o una empresa?
Financiar un coche para tu actividad no es lo mismo que pagarlo al contado ni que contratar un leasing. Los intereses del préstamo tienen su propio tratamiento en el IVA, en el IRPF del autónomo y en el Impuesto sobre Sociedades.
En el IVA: los intereses están exentos, así que no hay IVA que deducir
El artículo 20.Uno.18.º de la Ley 37/1992 declara exentas las operaciones financieras, entre ellas, la letra c), la concesión de créditos y préstamos en dinero, cualquiera que sea la forma en que se instrumente. Resultado práctico: la entidad no te repercute IVA sobre los intereses, de modo que no hay cuota de IVA que deducir por ese concepto.
La comparación con el leasing es útil. Las cuotas del arrendamiento sí llevan IVA, y el artículo 95.Tres de la misma ley permite deducirlo, también en el arrendamiento o cesión de uso de bienes de inversión. Para turismos, se presume una afectación del 50 %; para los vehículos de las letras a) a f) de la regla 2.ª (mixtos para mercancías, transporte de viajeros, autoescuelas, pruebas de fabricantes, representantes comerciales y vigilancia), del 100 %. El IVA del precio del coche en un préstamo se deduce al comprar, no en las cuotas.
En el IRPF de un autónomo: todo depende de la afectación
El rendimiento de las actividades económicas se determina por las normas del Impuesto sobre Sociedades (art. 28.1 de la Ley 35/2006), y solo pueden deducirse los gastos de elementos afectos a la actividad (art. 29). El artículo 22 del Reglamento del IRPF añade que no se entienden afectos los elementos que se utilicen a la vez para la actividad y para necesidades privadas, y que esa utilización privada solo puede considerarse «accesoria y notoriamente irrelevante» para los bienes que no sean automóviles de turismo, salvo excepciones.
La Dirección General de Tributos lo aplicó en la consulta vinculante V2119/2025, de 11 de noviembre de 2025: la deducción de cualquier gasto relativo al uso de un turismo (combustible o electricidad, peajes, mantenimiento o amortización) exige que sea un elemento afecto, registrado en los libros obligatorios y utilizado de forma exclusiva en la actividad, salvo que esta figure entre las excepciones del artículo 22.4; si se usa también para fines particulares, la DGT concluye que no se podrá deducir gasto alguno.
Esa consulta no menciona expresamente los intereses del préstamo, pero habla de «cualquier gasto» del turismo: si el coche no es un elemento afecto, no hay base para imputar a la actividad ni su amortización ni su financiación. Confirma el criterio para tu caso con un asesor antes de contabilizar los intereses.
Dos reglas distintas: el 50 % del IVA no se traslada al IRPF
Es un error habitual pensar que, si Hacienda presume un 50 % de afectación para el IVA, el 50 % del coche es deducible en el IRPF. Son regímenes separados: el IVA admite afectación parcial con presunción del 50 % (art. 95.Tres), mientras que el artículo 22.3 del Reglamento del IRPF dice que los elementos indivisibles no son susceptibles de afectación parcial.
En el Impuesto sobre Sociedades: el límite del 30 % y el millón de euros
Para una sociedad, los intereses del préstamo son gastos financieros. El artículo 16 de la Ley 27/2014 limita la deducción de los gastos financieros netos al 30 % del beneficio operativo del ejercicio, pero en todo caso son deducibles gastos financieros netos de 1 millón de euros por período impositivo. Lo que no se deduzca puede deducirse en los períodos siguientes. Con los intereses de un préstamo de coche, que se mueven en miles de euros, ese millón hace que el límite no te afecte en la práctica, salvo en una sociedad que acumule muchas deudas.
Qué se deduce y qué no
- Intereses y comisiones financieras: gasto financiero, sujeto a lo anterior. En una cuota de préstamo solo es gasto la parte de intereses; la devolución del capital no lo es.
- Coste del coche: se recupera mediante amortización. La tabla del artículo 12 de la Ley 27/2014 fija para «elementos de transporte externo» un coeficiente lineal máximo del 16 % y un período máximo de 14 años; verifica con tu asesor que tu vehículo encaja en esa categoría.
- IVA del precio: según el porcentaje de afectación que corresponda y puedas acreditar (art. 95).
- Cuadro de amortización del préstamo: pídelo a la entidad para separar capital e intereses de cada cuota.
Preguntas frecuentes
¿La comisión de apertura del préstamo lleva IVA?
El artículo 20.Uno.18.º exime también las demás operaciones, incluida la gestión, relativas a préstamos o créditos efectuadas por quienes los concedieron. Si te facturan IVA en una comisión financiera, pide a la entidad que te explique por qué.
¿Puedo deducir los intereses si uso el coche también para uso privado?
En el IRPF, según la DGT, un turismo usado también para fines particulares no se considera afecto y no se puede deducir gasto alguno de su uso, salvo las excepciones del artículo 22.4 del Reglamento. En Sociedades hay que analizar el uso real; un coche de uso personal de un socio puede acarrear otras consecuencias fiscales.
¿Y si en vez de préstamo contrato leasing?
En el leasing las cuotas llevan IVA, y el artículo 106 de la Ley 27/2014 regula la deducción de la carga financiera y de la recuperación del coste del bien cuando la arrendadora es una entidad de crédito. En el IRPF, la DGT exige igualmente la afectación para deducir gastos del turismo.
Conclusión
Antes de elegir préstamo, decide para qué vas a usar el coche, porque de eso depende todo lo demás. Un coche que no es solo de la actividad no te dará deducciones por muy bien financiado que esté.
Si importas un coche como autónomo o empresa, en Caralyze te calculamos el coste neto tras IVA e impuestos para que sepas cuánto te queda realmente por financiar.
Sigue leyendo
