Herencia de un coche matriculado en Alemania: por qué no hay convenio de doble imposición y qué implica
Es una pregunta que surge en cuanto alguien investiga un poco más allá de lo básico: si el coche estaba en Alemania y el fallecido también, ¿no podría acabar pagándose el impuesto dos veces, una allí y otra en España? La respuesta corta es que España no tiene firmado ningún convenio con Alemania para evitar la doble imposición en sucesiones —solo los tiene con Francia, Suecia y Grecia—, pero eso no significa que no exista ningún mecanismo de alivio: la propia ley española del Impuesto de Sucesiones prevé una deducción unilateral para estos casos.
Con qué países tiene España convenio de doble imposición en sucesiones (y con cuáles no)
España mantiene convenios específicos para evitar la doble imposición en el Impuesto sobre Sucesiones únicamente con tres países: Grecia, Francia y Suecia. Con Alemania no existe ningún convenio de este tipo, a pesar de ser dos de los países con más movimiento de vehículos y residentes entre sí dentro de la Unión Europea. Esto significa que, si el fallecido o el bien heredado tuvieran también conexión suficiente con Alemania como para generar allí su propio impuesto sucesorio (el Erbschaftsteuer), no hay un tratado bilateral que reparta automáticamente quién cobra qué parte.
La deducción unilateral que sí existe en la ley española
Aunque no haya convenio, la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (artículo 23) prevé una deducción por doble imposición internacional para quienes tributan en España por obligación personal (es decir, residentes fiscales españoles) y han pagado efectivamente un impuesto similar en el extranjero sobre el mismo bien. En concreto, se puede deducir la menor de estas dos cantidades: lo efectivamente pagado en el extranjero por ese impuesto, o el resultado de aplicar el tipo medio efectivo del impuesto español a la parte del patrimonio heredado que esté situada fuera de España.
- Esta deducción es unilateral: la aplica España por su propia normativa, no depende de que exista un convenio con el otro país.
- Solo funciona si el impuesto extranjero se ha pagado efectivamente y se puede acreditar documentalmente, no como una previsión teórica de lo que «podría» deberse allí.
- En la práctica, muchas herencias que incluyen solo un vehículo (y no inmuebles u otros bienes de mayor valor) no llegan a generar un impuesto alemán relevante, porque Alemania también aplica sus propios umbrales de exención según el grado de parentesco, que pueden dejar la cuota alemana en cero para un bien de valor moderado como un coche.
- El riesgo de doble imposición real se vuelve más relevante cuando la herencia en su conjunto (no solo el coche) incluye bienes de mayor valor situados en Alemania.
No hay tratado que reparta el pastel entre España y Alemania en sucesiones, pero la ley española sí deja una puerta abierta para no pagar dos veces por lo mismo, siempre que puedas demostrar que ya pagaste allí.
Por qué conviene mirar la herencia completa, no solo el coche
El coche casi nunca es el único elemento a valorar cuando el fallecido tenía vínculos con Alemania: puede haber cuentas bancarias, un inmueble o participaciones que sí generen una carga fiscal alemana significativa. La estrategia fiscal (si conviene pedir la deducción, cómo documentar lo pagado en Alemania, si hace falta un asesor en ambos países) se decide mirando el conjunto del patrimonio heredado, no analizando el vehículo de forma aislada.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar primero en Alemania para poder aplicar la deducción en España?
La deducción exige que el pago en el extranjero sea efectivo y acreditable, así que en la práctica sí hace falta haber liquidado (o estar liquidando) la parte alemana antes de poder aplicarla en la declaración española.
¿Y si al final en Alemania no se genera ningún impuesto por el coche?
Si no hay impuesto alemán efectivamente pagado, no hay nada que deducir; simplemente se liquida el Impuesto de Sucesiones español con normalidad, sin doble imposición real que corregir.
En Caralyze nos encargamos de la matriculación del vehículo una vez resuelta la parte fiscal, pero la valoración de si existe riesgo de doble imposición y cómo documentarlo es un trabajo para un asesor fiscal con experiencia en sucesiones internacionales España-Alemania, sobre todo si la herencia incluye más bienes además del coche.
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