Carta Verde en 2026: qué es, cuándo hace falta y qué exige España
La Carta Verde ya no es verde ni se llama así. Hoy es el Certificado Internacional de Seguro (CIS), y su utilidad depende del país por el que circules. Repasamos lo que dice OFESAUTO y lo que exige España.
Qué es la Carta Verde hoy
Según OFESAUTO, la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles, la Carta Verde es lo que hoy se llama Certificado Internacional de Seguro (CIS). El antiguo nombre ha quedado en desuso: en España el certificado se emite desde 2021 como un PDF en papel blanco A4, ya no impreso en verde, y puede llegarte por correo electrónico desde tu aseguradora.
Es una prueba de que el vehículo tiene el seguro obligatorio de responsabilidad civil que exige el país que visitas. Pertenece al Sistema Internacional de Seguro de Automóvil, un acuerdo entre más de cuarenta países en el que cada uno tiene una oficina nacional de seguro; la española es OFESAUTO. Esas oficinas tramitan y liquidan los siniestros en los que interviene un vehículo extranjero.
Un dato práctico que suele sorprender: según OFESAUTO, las aseguradoras españolas no están obligadas por ley a emitir el CIS. Hay que pedirlo a tu compañía antes de viajar.
Dónde no hace falta y dónde sí
OFESAUTO explica que, por ley, el CIS no se exige para circular entre países de la Unión Europea, porque la póliza de cada Estado miembro cubre los mínimos del seguro obligatorio en los demás. Entre los países ajenos a la UE que, según su guía, tampoco lo exigen figuran Noruega, Islandia, Suiza (con Liechtenstein), Andorra, el Reino Unido, Bosnia y Herzegovina y Montenegro (este último desde el 2 de agosto de 2021).
Los países en los que sí lo menciona como necesario son Albania, Azerbaiyán, Bielorrusia, Israel, Irán, Marruecos, Moldavia, Macedonia del Norte, Túnez, Turquía y Ucrania. Son listas que cambian: antes de un viaje, consulta la versión vigente en la web de OFESAUTO o en tu aseguradora.
Qué exige España a un coche que llega de fuera
La obligación española está en el artículo 6 del Reglamento del seguro obligatorio (Real Decreto 1507/2008). Para circular por territorio español, los vehículos con estacionamiento habitual en Estados que no pertenecen al Espacio Económico Europeo y que no están adheridos al acuerdo entre oficinas nacionales deben estar asegurados mediante el certificado internacional de seguro o mediante un seguro en frontera. Ambos tienen que reunir, al menos, las condiciones y límites del artículo 15 del mismo reglamento.
Además, el artículo 2.3 del texto refundido de la ley de responsabilidad civil y seguro (RDL 8/2004) da a las autoridades aduaneras españolas competencia para comprobar ese seguro y, si falta, denegar el acceso al territorio nacional. Y encomienda a OFESAUTO los procedimientos electrónicos de emisión y registro de certificados internacionales y de seguros en frontera.
El seguro en frontera: la alternativa
Si tu compañía no te da el CIS, el seguro en frontera es un certificado temporal equivalente. Según OFESAUTO cubre la responsabilidad civil en el país visitado y dentro de sus límites, pero no la asistencia en carretera ni la defensa jurídica. Para entrar en España con un vehículo ajeno al EEE, su página remite a un servicio de contratación en línea. La duración de la póliza depende del producto: pregúntala antes de pagar.
El artículo 15 del reglamento fija el contenido mínimo del documento: que la garantía se concede dentro de los límites y condiciones del seguro obligatorio español, que si el siniestro ocurre en España se aplican los límites de la legislación española, y la acreditación de su vigencia.
Lo que la Carta Verde no es
- No es una autorización para circular indefinidamente. Si resides en España, el coche debe estar matriculado aquí; el certificado solo acredita seguro.
- No cubre tus daños propios. Acredita la responsabilidad civil obligatoria; lo demás depende de tu póliza.
- No sustituye a la documentación del coche. Se lleva junto con el permiso de circulación y el seguro del país de origen.
Preguntas frecuentes
¿Necesito Carta Verde para traer un coche comprado en Alemania o Francia?
No para acreditar el seguro obligatorio dentro de la UE, según la guía de OFESAUTO. Lo que sí necesitas es un seguro válido para el trayecto y, desde el momento de la entrega, tener claro cuál es: lo explicamos en nuestra guía del plazo de 30 días.
¿Mi aseguradora tiene que dármela?
Según OFESAUTO no existe obligación legal de emitirla, así que depende de cada compañía. Pídela con tiempo y, si te la niegan, contrata un seguro en frontera para el país de destino.
¿Sirve un CIS suizo o británico para quedarme a vivir en España con el coche?
No para ese fin. El certificado prueba que hay seguro, pero la obligación de matricular en España para quien reside aquí es independiente. Mientras tramitas la matrícula necesitarás un seguro español para las placas temporales.
Conclusión
La Carta Verde es hoy el CIS, se pide a tu aseguradora y solo importa en países concretos. En España lo relevante es otra cosa: que un coche de fuera del EEE entre con CIS o seguro en frontera, y que uno con matrícula europea mantenga su póliza en vigor.
¿Vas a traer un coche de un país no UE? Te indicamos qué seguro necesita para entrar y cómo encajarlo con la matriculación.
