Garantía del coche que revendes: un año mínimo pactado y qué hacer con tu proveedor
Cuando vendes un coche a un consumidor eres tú quien responde, aunque el fallo venga del taller alemán o del vendedor al que se lo compraste.
La norma
El artículo 120 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece un plazo de responsabilidad del empresario de tres años desde la entrega. En bienes de segunda mano, empresario y consumidor pueden pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega. El artículo 121 regula la presunción de que la falta de conformidad ya existía, con un plazo de dos años que en segunda mano también puede reducirse por pacto, sin bajar del periodo pactado en el art. 120.
Cómo plasmarlo
- Si quieres ofrecer un año en lugar de tres, tiene que ser un pacto expreso con el consumidor, no una cláusula escondida.
- Si no pactas nada, se aplica el plazo general de tres años.
- Indica de forma clara en la hoja informativa y en el contrato que el coche es de segunda mano y el plazo pactado.
- Ese pacto solo vale frente a consumidores; frente a otro empresario rigen las reglas del contrato entre ambos.
Tu proveedor extranjero
Tu garantía frente al cliente no desaparece porque el vendedor original fuera un particular alemán o vendiera «tal cual». Si compraste a un profesional, revisa qué garantía te dio a ti; si fue un particular, es probable que no tengas a quién repercutir el problema. Reclamar en otro país tiene coste y plazos: valóralo antes de comprar.
Consejo de negocio
Inspección independiente antes de comprar, informe de historial y una reserva económica por coche para reparaciones son parte del coste real de revender.
Contenido informativo, no asesoramiento fiscal ni jurídico: la aplicación a tu caso depende de tu actividad y de los datos de la operación. Confírmalo con tu gestor o asesor antes de comprar.
Antes de comprar tu próximo lote, revisamos la unidad y la documentación para que la garantía no te coma el margen.
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