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Guía · Coches históricos

Vehículo histórico: ¿30 años desde fabricación o matriculación?

El Reglamento de Vehículos Históricos habla de treinta años desde la fabricación o la primera matriculación. Qué dice el texto, cómo lo aplica la DGT y qué fecha conviene demostrar antes de pagar un coche.

30 de septiembre de 2026 7 min de lectura
Coche clásico y papeles: cómo se cuentan los treinta años para el vehículo histórico

Qué dice el texto del Real Decreto 892/2024

El Reglamento de Vehículos Históricos se aprobó por el Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, y se publicó en el BOE del 18 de septiembre de 2024. Su preámbulo recuerda que el requisito de antigüedad ya había pasado de veinticinco a treinta años con el Real Decreto 920/2017, y el nuevo texto lo mantiene. La DGT detalló su aplicación en la Instrucción PROT-VEH 2024/13, firmada el 10 de octubre de 2024.

La regla está en el artículo 3.1.a): los vehículos deben haber sido «fabricados o matriculados por primera vez hace treinta años como mínimo». La Instrucción de la DGT la repite con otras palabras: fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 años. Fíjate en la conjunción: el texto dice o, no «y».

Fabricación o matriculación: qué fecha se anota

Aunque la antigüedad se formule con una disyuntiva, el procedimiento trabaja con las dos fechas. El informe técnico del Servicio Técnico de Vehículos Históricos (STVH) debe recoger la fecha de fabricación y la de primera matriculación (artículo 10.2.b). Si no se conocen las fechas exactas, el STVH puede apoyarse en la fecha en que el tipo o la variante dejó de fabricarse o en otra información disponible, como el número de bastidor. Y si solo consta el año, el campo se rellena con el 1 de enero de ese año.

Después, la estación ITV expide una tarjeta en la que figura la fecha de fabricación si se conoce y, si no, la de primera matriculación (artículo 11.2). En los documentos, por tanto, la fabricación va por delante; la matriculación solo aparece en su lugar cuando la fabricación no se conoce.

Un ejemplo para verlo claro: un coche construido en diciembre de 1996 y matriculado por primera vez en febrero de 1997 cumple treinta años en diciembre de 2026 si se cuenta desde la fabricación, y en febrero de 2027 si se cuenta desde la matriculación. La literalidad del artículo 3.1.a) admite cualquiera de las dos fechas, pero quien decide es el STVH al emitir su informe y la Jefatura de Tráfico al matricular. No compres un coche que solo será histórico con la fecha más favorable sin tener antes el visto bueno del STVH por escrito.

De fecha a fecha, no por año del modelo

El reglamento habla de treinta años, no de años modelo ni de años naturales. La lectura natural es contar de fecha a fecha: un ejemplar construido el 14 de marzo de 1997 alcanza los treinta años el 14 de marzo de 2027. Esa cuenta tiene tres consecuencias que confunden a mucha gente:

  • El año modelo no vale. Wikipedia recoge que el Jaguar XJ (X308) se produjo desde 1997 con años modelo 1998 a 2003. Un XJ montado en 1997 cumple treinta años en 2027 aunque su ficha comercial diga «modelo 1998».
  • El inicio de producción del modelo marca el suelo. Si un modelo arrancó en octubre de 1997, ningún ejemplar puede cumplir treinta años antes de octubre de 2027. El Volkswagen Golf IV, por ejemplo, figura con producción europea desde octubre de 1997.
  • Un modelo puede empezar en un año y presentarse en otro. El Chevrolet Corvette C5 es año modelo 1997, pero Wikipedia sitúa el inicio de producción el 1 de octubre de 1996, así que sus primeros ejemplares ya han cumplido treinta años. Y el BMW Serie 3 E46 consta con producción desde diciembre de 1997 en la edición inglesa de Wikipedia y desde 1998 en la alemana.

Los demás requisitos que se evalúan a la vez

La antigüedad es solo el primer filtro. El artículo 3.1 exige además que hayan dejado de producirse sus tipos específicos y que el coche conserve su estado original, sin cambios fundamentales en motor, frenos, dirección, suspensión o carrocería, salvo las reformas que admite el capítulo III del reglamento.

El artículo 4 separa dos grupos. En el Grupo A el coche ya tiene matrícula ordinaria en España y la ITV en vigor: basta una declaración responsable, cuatro fotografías y la tasa ante la Jefatura de Tráfico para cambiar el servicio a histórico. En el Grupo B entra todo lo demás, incluidos los coches importados sin matrícula española: exige la inspección y el informe favorable de un STVH, una ITV con esos datos y la matriculación como histórico. Según la Instrucción de la DGT, los STVH son entidades acreditadas por ENAC y habilitadas por los órganos de Industria de las comunidades autónomas.

Paso 1 — Localiza la fecha de fabricación del coche

Busca la fecha en los documentos del propio coche: placa del fabricante, certificado de conformidad (COC) si lo tiene, ficha técnica o libro de mantenimiento. Si no aparece, pide al fabricante o a un club de la marca un certificado de fabricación del número de bastidor concreto. Un anuncio que solo dice «del 97» no sirve como prueba.

Paso 2 — Contrasta con la primera matriculación

Pide el documento de matriculación del país de origen y compara la fecha con la de fabricación. Si están separadas por meses, apunta las dos: el informe del STVH las recogerá y la ITV anotará la de fabricación si se conoce.

Paso 3 — Calcula el día exacto en que cumple treinta años

Suma treinta años a la fecha de fabricación, día y mes incluidos. Esa es la primera jornada en la que tiene sentido pedir la clasificación. Si solo conoces el año, asume el 1 de enero de ese año, que es el criterio que el reglamento fija para rellenar el campo del informe, y confírmalo con el STVH.

Paso 4 — Pide el visto bueno de un STVH antes de pagar

Antes de transferir dinero, consulta a un STVH si aceptaría el coche y qué documentación pide. El informe favorable tiene una vigencia máxima de tres meses para pedir la ITV, así que no conviene adelantarlo. Los honorarios y las tasas varían: pide presupuesto y no des cifras por supuestas.

Lo que no cambia: el IEDMT y los impuestos de compra

Ser histórico no exime del Impuesto de Matriculación. El artículo 12.g del propio reglamento pide justificar el pago o la exención de los impuestos que procedan y añade que, si el vehículo no tiene matrícula ordinaria en España, se considera primera matriculación definitiva a efectos de la Ley 38/1992. Entre las exenciones del artículo 66 de esa ley (taxis, autoescuelas, discapacidad, traslado de residencia) no figura la antigüedad del coche.

Se presenta el modelo 576 antes de matricular. La base no es el precio pagado sino el valor de las tablas de Hacienda con su depreciación. El tipo depende del CO2 del certificado: 0 % hasta 120 g/km, 4,75 % de 121 a 159, 9,75 % de 160 a 199 y 14,75 % desde 200 (tipos estatales supletorios; cada comunidad puede aprobar los suyos). En un coche antiguo sin CO2 exigible se aplica el epígrafe 5.º, el 12 % (11 % en Canarias).

La compra tributa aparte y nunca por los dos conceptos: ITP (modelo 620, del 3 % al 8 % según comunidad; Galicia 3 %) si vende un particular, o IVA si vende un profesional. Desde un país de la UE no hay arancel ni DUA; desde fuera (Reino Unido, Japón, EE. UU.), el arancel general es del 10 % más el 21 % de IVA en la aduana, salvo preferencia con prueba de origen válida.

Preguntas frecuentes

¿Un coche de 1997 ya es histórico en 2026?

No, salvo que su fecha de fabricación o primera matriculación sea de septiembre de 1996 o anterior. Los coches de 1997 irán cumpliendo treinta años a lo largo de 2027, cada uno en su fecha.

¿Sirve el año que figura en el anuncio?

No como prueba. Los anuncios suelen dar el año modelo o el de matriculación. Para el histórico cuenta la fecha real de fabricación, que consta en los documentos del coche o en un certificado del fabricante.

¿Qué pasa si el coche ya está matriculado en España?

Si tiene matrícula ordinaria y la ITV en vigor es Grupo A, el trámite más sencillo: declaración responsable, fotografías y tasa en la Jefatura de Tráfico. Si quieres matrícula histórica porque la ordinaria no corresponde a su fecha, pasa al Grupo B.

¿El histórico paga menos impuesto de matriculación?

No. Sigue sujeto al IEDMT y al modelo 576. Lo que cambia es la frecuencia de la ITV y las condiciones de uso, no la matriculación.

Conclusión

Los treinta años se cuentan de fecha a fecha, con la fabricación como referencia cuando se puede demostrar y la primera matriculación como apoyo. Antes de comprar, consigue la fecha real, calcula el día exacto y pide el visto bueno de un STVH: es lo que separa un buen coche histórico de un problema de papeles.

¿Dudas con la fecha de un coche concreto? Calculamos el día en que cumple treinta años, el IEDMT y el trámite de histórico antes de que pagues nada.

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