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Guía · Preguntas Frecuentes

¿Puedo aplazar o fraccionar el pago del IEDMT o el ITP de un coche importado?

Sí, el IEDMT y el ITP son deudas tributarias como cualquier otra, y la Agencia Tributaria (o el órgano autonómico competente en el caso del ITP) permite solicitar su aplazamiento o fraccionamiento igual que con cualquier otro impuesto. Desde abril de 2023, las deudas de hasta 50.000 € no requieren aportar aval ni garantía, lo que incluye a la gran mayoría de importaciones de vehículos particulares. Eso sí, el aplazamiento no es gratuito: genera intereses de demora desde el primer día.

6 de septiembre de 2026 8 min de lectura
Calculadora y documentos de Hacienda sobre una mesa junto a las llaves de un coche

Cómo funciona el aplazamiento de una deuda tributaria

El aplazamiento (pagar más tarde, de una sola vez) y el fraccionamiento (pagar en varios plazos) son dos figuras muy similares reguladas por la Ley General Tributaria, y ambas se solicitan mediante un formulario específico en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (para el IEDMT, que es un impuesto estatal cedido) o del órgano tributario autonómico correspondiente (para el ITP, que es un impuesto cedido a las comunidades autónomas). La solicitud se puede presentar en el propio momento de la autoliquidación, siempre dentro del plazo voluntario de presentación.

Qué necesitas saber sobre el límite sin garantía

  • Desde el 15 de abril de 2023, las deudas tributarias de hasta 50.000 € en conjunto (sumando todas las que tengas aplazadas o en trámite) no requieren aval ni garantía adicional para conceder el aplazamiento o fraccionamiento.
  • Este límite cubre sin problema el IEDMT y el ITP de la gran mayoría de coches de importación particular; solo en vehículos de muy alto valor podría superarse, y en ese caso se activa un procedimiento distinto con más documentación.
  • Para personas físicas, el plazo máximo de fraccionamiento es de 24 meses; para empresas, de 12 meses.
  • El interés de demora aplicable en 2025 es del 4,0625% anual, calculado sobre el importe pendiente durante el tiempo que dure el aplazamiento.

Un matiz importante: el aplazamiento no elimina el plazo de 30 días para declarar

El plazo de 30 días desde la entrada del vehículo en España para presentar la autoliquidación del IEDMT (y, en su caso, del ITP) sigue siendo el mismo con independencia de que solicites aplazamiento. Lo que se aplaza es el pago de la cuota resultante, no la obligación de presentar la declaración en plazo. Presentar la autoliquidación fuera de plazo, aunque sea porque no tenías el dinero, genera recargos distintos a los del aplazamiento, así que conviene no confundir ambos trámites: primero se declara dentro de plazo, y sobre esa deuda ya liquidada se solicita el aplazamiento si hace falta.

Aplazar no es lo mismo que no pagar a tiempo: uno es un derecho que se solicita formalmente y genera un interés conocido de antemano; el otro es un recargo, y suele salir bastante más caro.

Cómo solicitarlo paso a paso

  • Presenta primero la autoliquidación del IEDMT (modelo 576) o del ITP (modelo 620) dentro de plazo, calculando correctamente la cuota a pagar.
  • En la propia sede electrónica de la Agencia Tributaria o del órgano autonómico, dentro del apartado de gestión de deudas, presenta la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento indicando el número de la deuda y el calendario de pago propuesto.
  • Si la deuda está dentro del límite sin garantía, no necesitas aportar aval; si lo superas, tendrás que valorar con un asesor la vía de garantía o de dispensa que mejor encaje en tu caso.
  • Una vez concedido, cumple los plazos del calendario acordado: el incumplimiento de un plazo puede dar lugar a la exigencia de toda la deuda pendiente de una sola vez, con recargo de apremio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo matricular el coche en la DGT mientras el IEDMT está aplazado y sin pagar todavía?

En general la DGT exige que la autoliquidación esté presentada y, según el trámite, que conste la solicitud de aplazamiento correctamente registrada; el criterio exacto puede variar, así que conviene confirmarlo con tu gestoría antes de dar por hecho que puedes matricular sin haber resuelto este paso.

¿El interés de demora del aplazamiento es el mismo todos los años?

No, el tipo de interés de demora se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y puede variar, así que conviene comprobar el vigente en el momento de solicitar el aplazamiento.

En Caralyze calculamos con antelación el IEDMT y el ITP que te corresponderá pagar, para que sepas el importe exacto antes de matricular y puedas decidir con tiempo si te interesa solicitar un aplazamiento. Si necesitas ayuda con la solicitud, coméntanoslo y te derivamos a la gestoría con la que trabajamos.

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