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Guía · Modelo 620

Modelo 620 en Cantabria: ¿620 o 621? Plazo y cómo presentarlo

En Cantabria conviven dos números: la ficha de la sede electrónica habla de «carta de pago modelo 620» y la Oficina Virtual de la ACAT ofrece el modelo 621. Qué dice cada web, qué plazo se cuenta y cómo evitar presentar lo equivocado.

9 de octubre de 2026 5 min de lectura
Coche clásico aparcado cerca de la costa norte, ilustración de la compraventa de un vehículo usado

Dos webs, dos números

La ficha «Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (compraventa de vehículos usados)» del catálogo de trámites de la sede electrónica de Cantabria describe la autoliquidación del ITP en la compraventa entre particulares y pide presentar la carta de pago modelo 620 una vez hecho el ingreso. Por su parte, la Oficina Virtual de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) tiene el modelo 621, «transmisión de medios de transporte usados», con un asistente que calcula la liquidación y permite confección, pago y presentación online. La propia ACAT dice que desde el 1 de enero de 2010 el 621 sirve para automóviles, motocicletas y el resto de medios de transporte.

No dan la misma impresión de cara al ciudadano. Nuestra recomendación práctica: abre la Oficina Virtual, usa el asistente que te ofrezca para vehículos y, si dudas, llama al 012, el teléfono de información de la Administración cántabra.

Cuándo es ITP y cuándo no

La ficha habla de compraventa entre particulares y de una declaración de exención si el adquirente es un empresario dedicado habitualmente a la compraventa de vehículos. Para un importador, la regla es la de siempre: solo hay ITP si vende un particular. Si compras a un profesional de otro país de la UE, el IVA lo marca el país de origen o el régimen de margen, y en Cantabria no hay ITP. Y el IEDMT (modelo 576) es independiente y se hace antes de matricular.

Plazo: treinta días hábiles

La ficha de la sede fija el plazo en treinta días hábiles a partir de la firma del contrato, coherente con el artículo 102.1 del Reglamento estatal. No consta fecha de inicio o fin de plazo más allá de eso, así que usa la fecha del contrato y no la de la recogida del coche.

Cómo presentar: cuidado con las contradicciones de la ficha

La ficha indica «Telemática y presencial» en un apartado y, en otros, que el trámite no admite presentación electrónica, aunque menciona el Registro Electrónico General o una aplicación específica como vía telemática. Afirma también que las personas jurídicas y otros sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015 están obligados a relacionarse electrónicamente. En presencial, se presenta en el registro delegado de la ACAT. Dado que las propias páginas no se ponen de acuerdo, elige la vía por la que obtengas un justificante de presentación y no dependas de una página: compara con la Oficina Virtual y con el 012.

  • Online: Oficina Virtual de la ACAT, con el asistente del modelo 621 y los requisitos de certificado que indique.
  • Presencial: registro delegado de la ACAT, con la carta de pago 620 una vez ingresado el impuesto.
  • Persona jurídica u otro sujeto del artículo 14.2 de la Ley 39/2015: la vía electrónica es obligatoria.

Tipo y cuotas: confírmalo, no lo supongas

La ficha de la sede no recoge el tipo ni las cuotas. La Ley de Cantabria 3/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (publicada también en el BOE de enero de 2024), rebajó del 8 % al 6 % el tipo general de la transmisión onerosa de bienes muebles desde enero de 2024 y, en el artículo 11 del texto refundido, fijó cuotas mínimas para los turismos y todoterrenos de más de diez años según la cilindrada. Esas cuotas y el tipo se han podido retocar en leyes de medidas fiscales posteriores, así que consulta el tipo y la tabla vigentes en la ACAT antes de pagar; no te fíes de ninguna cifra sin fecha.

Documentación y después de presentar

La ficha oficial dice que no es necesario aportar documentación, aunque otros apartados mencionan «la documentación a aportar correspondiente». En la práctica, ten a mano el contrato de compraventa, DNI o NIE, la ficha técnica y el permiso de circulación o el equivalente extranjero, y pregunta qué documento aceptan si el coche aún no tiene matrícula española. Una vez presentado, conserva el justificante: si más adelante llega una liquidación complementaria, cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, ambos en el plazo de un mes desde la notificación.

Preguntas frecuentes

¿En Cantabria es el modelo 620 o el 621?

Las dos webs oficiales usan números distintos: la sede habla de carta de pago 620 y la Oficina Virtual de la ACAT ofrece el 621 para medios de transporte usados. Pregunta en el 012 cuál debes usar en tu caso.

¿Cuántos días hay para presentarlo en Cantabria?

Treinta días hábiles desde la firma del contrato, según la ficha de la sede.

¿Hay que pagar ITP si compro el coche a una empresa en Alemania?

No, si es un profesional: la operación va por IVA del país de origen o por el régimen de margen. Sí lo habría si el vendedor fuera un particular.

Conclusión

En Cantabria, la dificultad no es el cálculo sino la información: números y vías distintas en cada web. Cuenta treinta días hábiles desde el contrato, usa la Oficina Virtual de la ACAT, pregunta por teléfono lo que no cuadre y confirma el tipo vigente.

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