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Importar una furgoneta a Extremadura: ITP del 4 %, N1 y valor

En Extremadura una furgoneta usada tributa a un tipo reducido del 4 %, no al 6 % de los turismos, siempre que la compre quien ejerce una actividad económica y la destine a ella. Además, la Junta publica su propia tabla de valores para los comerciales que Hacienda no recoge.

8 de octubre de 2026 4 min de lectura
Furgoneta aparcada, ilustración de la importación de un vehículo comercial ligero a Extremadura

Qué cuenta como furgoneta en este trámite

El tipo reducido se refiere a los vehículos comerciales e industriales ligeros de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada. En la práctica son las furgonetas y los furgones de categoría N1. Un turismo o una autocaravana no son vehículos comerciales, y un camión de más peso queda fuera por el límite de 3.500 kg.

El 4 % del artículo 45

El artículo 45 del Decreto Legislativo 1/2018 fija el 4 % para la transmisión de esos vehículos usados cuando el adquirente realiza actividades económicas sujetas al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades y los afecta a la actividad. Si no cumples uno de los dos requisitos, se aplica el 6 % general de los bienes muebles (artículo 38). El Portal Tributario de la Junta mantiene este beneficio en su relación para 2026. Conserva pruebas de la afectación: alta en la actividad, uso en la contabilidad y rotulación o contratos.

Solo si vende un particular

El ITP, también el reducido, solo se paga si el vendedor es un particular. Si compras a un profesional de otro país de la UE, no hay ITP: la compra va por IVA del país de origen o régimen de margen. Pide factura con la mención correcta. La deducibilidad del IVA de la furgoneta depende de la actividad, así que consúltala con tu asesor.

Una orden de valores propia de Extremadura

La Orden de 5 de diciembre de 2025 de la Consejería de Hacienda (DOE nº 243, del 18 de diciembre de 2025), en vigor desde el 1 de enero de 2026, aprueba los precios medios en el mercado de determinados vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 kg, de los tractores con más de 12 años y de los remolques agrícolas usados. Se aplica cuando el vehículo no figura en las tablas del Ministerio de Hacienda, y solo para ITP y Sucesiones y Donaciones.

  • Cálculo: al precio medio del anexo I se le aplican porcentajes según años de uso y actividad (anexo III).
  • Tu declaración manda si es mayor: si el valor que declaras es igual o superior al estimado, prevalece y no se comprueba.
  • Información previa: puedes calcular el valor antes de comprar con las tablas de la orden.

El IEDMT en una furgoneta

Los vehículos N1 afectos a una actividad económica pueden quedar no sujetos al impuesto de matriculación (artículo 65.1.a de la Ley de Impuestos Especiales). No es una exención del artículo 66, y depende de los requisitos del vehículo y de su uso: confirma tu caso con la Agencia Tributaria. El modelo 06 es el previsto para declarar no sujeciones sin reconocimiento previo, y si el caso no lo permite, se paga el 576 antes de matricular.

Paso 1 — Contrato y prueba de la actividad

Firma un contrato de compraventa con los datos del vehículo, y guarda el alta fiscal de tu actividad. Es la base para el 4 %.

Paso 2 — Presenta el ITP en un mes

Presenta el 620 o el 623 en el plazo de un mes desde el contrato. Las oficinas gestoras son Plasencia, Mérida, Badajoz y Cáceres. Los NIF de ambas partes, el permiso de circulación, la ficha técnica y el contrato son documentos obligatorios.

Paso 3 — Inspección y matrícula

La ITV de una furgoneta no sigue el calendario de un turismo: consulta el del Real Decreto 920/2017 para su categoría. Para la Jefatura de Cáceres, busca dirección y horario en el mapa «Dónde estamos» de la DGT y pide cita previa.

Tractores y remolques agrícolas

La orden también fija valores para tractores de más de 12 años y remolques agrícolas, útiles para el ITP. La matriculación de maquinaria agrícola sigue otro cauce que el de los turismos; pregunta al órgano agrario competente y no asumas que vale el de la DGT.

Preguntas frecuentes

¿El 4 % lo puede aplicar un particular?

No: la ley exige que el comprador desarrolle actividades económicas sujetas a IRPF o Sociedades y que afecte el vehículo a ellas. Un particular paga el 6 %.

¿Una pick-up cuenta como furgoneta?

Depende de su clasificación en la ficha y de si es de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada. Comprueba la categoría del COC antes de aplicar el 4 %.

¿Se paga IEDMT en una furgoneta N1?

Si está afecta a una actividad y cumple los requisitos, puede quedar no sujeta. No lo supongas: confírmalo con la Agencia Tributaria.

Conclusión

Para un autónomo extremeño, comprar la furgoneta a un particular en Europa mantiene el ITP en el 4 %, con valores objetivos publicados por la Junta. El punto débil es demostrar la afectación a la actividad.

Si buscas una furgoneta en Alemania, calculamos su categoría, el ITP del 4 % y la situación del IEDMT antes de comprarla.

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