Garantía de un coche de segunda mano: particular vs concesionario en 2026
La garantía es el gran diferencial entre comprar a un particular o a un profesional. En 2026 la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 7/2021) sigue marcando **3 años** de responsabilidad del vendedor profesional (art. 120.1), ampliables a un mínimo de **1 año por pacto expreso en bienes de segunda mano**, mientras que entre particulares solo hay vicios ocultos.
Comprando a un profesional
Cualquier compraventa a un concesionario o compraventa registrada da derecho a la garantía legal de 3 años desde la entrega (art. 120.1 del TRLGDCU). En un coche de segunda mano, las partes pueden pactar un plazo menor, que nunca puede ser inferior a 1 año: conviene leer el contrato para ver si se ha reducido. Las faltas de conformidad que se manifiesten en los 2 primeros años se presumen existentes en la entrega salvo prueba en contrario (art. 121), salvo que se haya pactado un plazo de presunción menor, que no puede ser inferior al plazo de responsabilidad pactado.
- El profesional responde de reparación, sustitución, reducción del precio o resolución del contrato.
- El comprador solo tiene que probar el defecto, no cuándo empezó.
- La garantía cubre pieza y mano de obra.
Comprando a un particular
No hay garantía legal como tal. El vendedor responde solo de los vicios ocultos (defectos graves anteriores a la venta no detectables en una inspección normal), regulados por los arts. 1484-1490 del Código Civil, con plazo de reclamación de 6 meses desde la entrega.
En la práctica, esto significa que si el motor revienta al mes por un defecto oculto anterior, se puede reclamar. Pero si el embrague se rompe a los 3 meses por desgaste normal, no.
El caso híbrido: compraventa registrada
Cuando una compraventa 'profesional' se disfraza de particular (el coche está a nombre de alguien pero lo vende una compraventa), la Ley protege al comprador y aplica la garantía legal igualmente. Se prueba con la documentación de la operación: si hay factura del negocio o si el vendedor tiene actividad económica declarada, es profesional.
Cómo se reclama
- Burofax con acuse de recibo al vendedor exponiendo el defecto y pidiendo solución concreta.
- Informe pericial que documente el defecto y su origen anterior a la venta.
- Juzgado civil si el vendedor no responde. Cuantía habitual < 6.000 €: juicio verbal, más ágil.
Los coches que entregamos van con revisión previa y factura profesional: siempre con la garantía legal de un vendedor profesional.
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