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Guía · Trámites Online

El formulario online de la DGT para vehículos importados: cuándo basta y cuándo toca ir a Jefatura

La DGT permite iniciar la matriculación de un vehículo procedente del extranjero a través de un formulario específico en su sede electrónica. Lo que no siempre queda claro es que ese formulario es solo el primer paso: dependiendo de si tu coche ya tiene ficha técnica electrónica (eITV) o no, el trámite puede terminar de forma completamente online o exigirte una visita física a la Jefatura.

5 de septiembre de 2026 7 min de lectura
Ordenador mostrando un formulario oficial de la DGT junto a documentos de un coche

El formulario de solicitud para vehículos importados

En la sede electrónica de la DGT existe un formulario de solicitud específico para vehículos importados, distinto del trámite de matriculación ordinaria de coches que ya circulaban con matrícula española. En él se introducen los datos del vehículo, del titular y se aportan los documentos de origen: certificado de conformidad europeo o ficha técnica del país de procedencia, justificante del pago del IEDMT y, si aplica, del ITP.

Cuándo el trámite puede resolverse sin pisar la Jefatura

Si el vehículo ya cuenta con Ficha Técnica Electrónica (eITV) porque ha pasado una inspección técnica en España vinculada al proceso de importación, o el sistema puede generarla a partir de la documentación aportada, el expediente puede tramitarse y resolverse íntegramente desde el formulario online, sin necesidad de acudir en persona.

Cuándo la DGT exige ir presencialmente

Cuando el vehículo no dispone de Ficha Técnica Electrónica, la propia DGT avisa durante la tramitación de que hay que acudir a la Jefatura u Oficina de Tráfico a entregar la ficha técnica en papel y completar el trámite in situ. Es una casuística muy habitual en importaciones directas de coches que nunca han pasado una ITV española, que es la mayoría de los vehículos recién llegados del extranjero.

Documentación que conviene llevar preparada si toca ir a Jefatura

  • Ficha técnica o certificado de conformidad original del país de origen.
  • Justificantes de pago del IEDMT (modelo 576) y del ITP (modelo 620), si aplica.
  • Documento de identidad en vigor y, si actúa un representante, autorización o poder correspondiente.
  • Justificante del seguro español del vehículo, obligatorio antes de la matriculación efectiva.

Plazo de resolución

La DGT dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver el expediente de matriculación de un vehículo procedente del extranjero, tanto si se completa online como si requiere visita presencial. En la práctica, los expedientes sin incidencias documentales suelen resolverse en semanas, no en meses.

¿Puedo saber de antemano si mi coche necesitará ir a Jefatura?

En general, sí: si el vehículo nunca ha pasado una ITV en España y no dispone de ficha técnica electrónica española, es razonable asumir que habrá un paso presencial. Es distinto del caso de un coche que ya circulaba matriculado en España y solo requiere un cambio de titularidad, que sí suele resolverse 100% online.

¿Puede una gestoría acudir en mi lugar a la Jefatura?

Sí, con la autorización o poder correspondiente, una gestoría o un representante puede realizar la entrega presencial de documentación en tu nombre, evitando que tengas que pedir un día libre para el trámite.

El formulario online no miente: si tu coche no tiene ficha técnica electrónica, te lo dirá antes de que pierdas tiempo esperando una resolución que nunca va a llegar sin ese paso presencial.

En Caralyze gestionamos tanto la parte online como, cuando es imprescindible, la entrega presencial en Jefatura de tu coche importado, para que tú no tengas que pisar ninguna oficina.

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