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Deducción de IVA en el coche de empresa: el límite del 50% y cómo probar uso exclusivo (2026)

Es uno de los mitos fiscales más extendidos entre autónomos y pymes que importan un coche: creer que, por ser un gasto de la actividad, el IVA se deduce al 100%. La Ley del IVA dice otra cosa. Repasamos qué establece exactamente el artículo 95 de la Ley 37/1992 y qué hace falta para deducir más del 50%.

24 de agosto de 2026 9 min de lectura
Documentación fiscal y factura de un vehículo de empresa

La regla general: presunción del 50%

El artículo 95.Tres.2ª de la Ley 37/1992 del IVA establece que, para los vehículos automóviles de turismo destinados a un uso mixto (profesional y particular), se presume que el grado de afectación a la actividad económica es del 50%, salvo prueba en contrario. En la práctica, esto significa que si tu empresa o tú como autónomo compráis o importáis un turismo y no acreditáis nada más, Hacienda solo os dejará deducir la mitad del IVA soportado (o autorrepercutido, en el caso de una adquisición intracomunitaria).

Los casos con presunción del 100%

La misma norma recoge una lista tasada de vehículos para los que se presume una afectación del 100%, sin necesidad de prueba adicional inicial: vehículos mixtos usados en el transporte de mercancías, los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación, los usados en la enseñanza de conductores (autoescuelas), los usados por sus fabricantes en pruebas, los utilizados en desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales, y los usados en servicios de vigilancia. Si tu actividad no encaja en ninguna de estas categorías, partes del 50%.

¿Quién tiene que probar qué?

La presunción del 50% es lo que se conoce como una presunción "iuris tantum", es decir, admite prueba en contrario en ambas direcciones. El contribuyente puede acreditar, por cualquier medio de prueba admitido en derecho, un grado de afectación superior al 50% (incluso el 100%). Pero también Hacienda puede intentar demostrar que la afectación real es inferior a ese 50%, en cuyo caso es la Administración quien debe probarlo cumplidamente.

Cómo se prueba un uso profesional superior al 50%

  • Contratos o pólizas que vinculen el vehículo a un cliente o proyecto concreto de la actividad.
  • Registro de kilometraje con distinción entre trayectos profesionales y particulares, respaldado por agenda o facturación.
  • Sistemas de geolocalización o telemetría de flota que acrediten el patrón de uso.
  • Existencia de otro vehículo en el hogar familiar disponible para el uso particular, que refuerza la tesis de uso profesional del vehículo de empresa.
  • Rótulos o publicidad de la empresa en el vehículo, aunque por sí solo no es prueba suficiente según ha señalado la jurisprudencia.

No confundir la regla de IVA con la del IRPF

Este 50% es una regla del IVA. En el IRPF, para autónomos en estimación directa, la deducibilidad del gasto y la amortización del vehículo turismo exige generalmente afectación exclusiva a la actividad, un criterio bastante más estricto que el del IVA. Es decir: puedes deducirte el 50% del IVA de un coche y, aun así, no poder deducirte ni un euro de su amortización en el IRPF si no acreditas uso exclusivo. Profundizamos en esta diferencia en nuestro artículo sobre autónomos que importan un coche para su actividad.

Qué pasa si Hacienda revisa la deducción

En caso de comprobación, si no puedes aportar ninguna prueba adicional, Hacienda aplicará por defecto el 50% previsto en la norma. El riesgo real no está en deducirse el 50% sin más justificación —eso la propia ley lo permite—, sino en deducirse el 100% sin pertenecer a ninguna de las categorías tasadas y sin ninguna prueba de uso exclusivo: ahí sí hay exposición a una regularización con intereses de demora.

El 50% no es un castigo, es el punto de partida legal. Subir de ahí exige pruebas; bajarlo del 50% le corresponde probarlo a Hacienda.

En Caralyze ayudamos a estructurar correctamente la documentación de compra e importación de vehículos de empresa para que la deducción de IVA que apliques esté bien soportada desde el primer día.

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