Caralyze
Guía · Después de Importar

Cambiar de titular en el futuro un coche que importaste: el papeleo

Una de las mejores noticias sobre importar un coche es lo que pasa el día que decides venderlo o traspasarlo: el trámite de cambio de titular es exactamente el mismo que el de cualquier coche comprado siempre en España. Todo el trabajo de homologación y matriculación ya está hecho, y no hay que repetirlo nunca más.

6 de septiembre de 2026 8 min de lectura
Firma del cambio de titular de un coche importado en la gestoría

Por qué no hay papeleo especial por haber sido importado

El proceso de homologación, la ficha técnica reducida y la primera matriculación son trámites que se hacen una única vez, en el momento de importar el vehículo. Una vez completados, el coche queda registrado en la DGT como cualquier otro vehículo español, con su ficha técnica definitiva y su historial. Los siguientes cambios de titular no reabren nada de ese proceso: para la DGT, tu coche importado y uno comprado siempre en un concesionario español son indistinguibles.

Los pasos del cambio de titular (idénticos a cualquier coche)

  • Comprador y vendedor firman un contrato de compraventa (puede ser un modelo estándar, no hace falta nada específico por ser importado).
  • Se solicita el informe de la DGT para comprobar que el vehículo no tiene cargas, embargos ni multas pendientes.
  • Se tramita la transferencia en la Jefatura de Tráfico (presencialmente, por gestoría o de forma telemática si ambas partes cumplen los requisitos), aportando el permiso de circulación, la ficha técnica y el contrato de compraventa.
  • El comprador liquida el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) correspondiente a la compraventa de un vehículo usado, calculado sobre el valor fiscal del coche según las tablas de Hacienda o el precio de venta si es mayor.
  • Se actualiza el seguro a nombre del nuevo titular.

El ITP en la reventa: no confundir con los impuestos de importación

Aquí conviene tener clara la diferencia entre dos momentos fiscales distintos. Cuando tú importaste el coche comprándolo a un particular en la UE, no pagaste IVA pero sí liquidaste el ITP correspondiente a esa operación (modelo 620), con un tipo del 4 % al 8 % según la comunidad autónoma. Si en su lugar compraste a un profesional con IVA, no pagaste ITP en ese momento. Ahora, cuando tú vendas el coche a otro particular, es esa nueva operación la que genera un nuevo ITP a cargo del comprador siguiente, igual que ocurriría con cualquier coche de segunda mano vendido entre particulares en España, sin relación alguna con los impuestos que ya liquidaste al importar.

Documentación que conviene tener a mano

  • Permiso de circulación y ficha técnica españoles (los definitivos, no ningún papel del país de origen).
  • Último recibo del impuesto de circulación (IVTM) pagado.
  • Historial de ITV.
  • Justificante del seguro en vigor.
  • Si el comprador lo pide, la documentación de importación original y el historial de mantenimiento, como garantía de transparencia, aunque no sea obligatoria para el trámite de la DGT.

¿El nuevo titular tiene que volver a homologar el coche?

No, en absoluto. La homologación es un requisito de la primera matriculación, no de las transferencias posteriores. El coche ya está homologado y matriculado de forma definitiva.

¿Cambia algo si el comprador quiere sacar el coche de España a otro país?

Eso ya sería una exportación desde España, un proceso distinto (con su propia baja temporal y trámites en el país de destino) que no tiene relación con el cambio de titular dentro de España.

Si en el futuro decides vender el coche que importaste con nosotros, en Caralyze podemos ayudarte también a reunir toda la documentación de origen que dé confianza al comprador y facilite una venta más rápida.

Empieza tu importación

Tu próximo coche puede estar
en otro mercado.

Dinos qué coche buscas. Analizamos dónde merece la pena comprarlo y gestionamos su importación hasta España.

Hablar por WhatsApp